Según Decreto 29/2017, de 17 de mayo, publicado en el B.O.P.A. Nº 118 del miércoles 24 de mayo de 2017, regula que todos los edificio de más de 50 años tienen la obligación de tener favorable el IEE (Informe de Evaluación de Edificios), conocido popularmente como ITV de los edificios.
Para realizar el IEE hay que realizar una inspección previa del 100% del edificio, incluyendo viviendas, locales, garajes, trasteros y demás espacios accesibles. Con esta inspección se buscan daños que puedan provocar problemas de salud por humedades o físicos como pueden ser desprendimientos.
El objetivo es evitar daños mayores que puedan no ser apreciados por los vecinos y provocar daños personales o materiales en el presente o futuro cercano, por eso la importancia de hacer una inspección lo más exhaustiva posible.
El informe además de la inspección, va acompañado de la certificación energética del edificio y del informe de accesibilidad.